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Es el Poder Legislativo que da a conocer la Creación Política de la Provincia de Satipo en el Departamento de Junín, por la Ley 15481, en la cual redacta que todos los distritos de Satipo fueron creados un mismo día. Esta ley fue dada en la Casa del Congreso a los tres días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco (03.03.65) y fue proclamada por el Presidente Fernando Belaúnde Terry a los veintiseís días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco (26.03.65), la que nos da a concer los siguientes artículos : |
Ley 15481 |
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Texto de la Creación de la Provincia de Satipo en el Departamento de Junín dictado por el Poder Legislatvo
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El Presidente de la República
Por cuanto :El Congreso ha dado la ley siguiente
El Congreso de la República Peruana ha dado la ley siguiente :
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Artículo 1o. |
Créase en el Departamento de Junín la Provincia de Satipo, cuya capital será la ciudad del mismo nombre. |
Artículo 2o. |
La Provincia de Satipo esta integrada por los siguientes Distritos : |
Satipo,
Río Negro,
Coviriali,
Mazamari,
Pangoa,
Llaylla,
Pampa Hermosa, que se crean por la presente ley; y
El Distrito de Río Tambo, de la provincia de Jauja, integrará la Provincia de Satipo. |
Artículo 3o. |
El Distrito de Satipo, que integra esta Provincia, queda conformada, además de la ciudad de Satipo, por los siguientes centros poblados : |
Marankiari,
Panga,
Sanibeni,
Sancuvachari,
Paratushiali, |
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Sus límites serán los siguientes : |
Norte |
Distrito de Río Negro |
Este |
Distrito de Río Tambo, río Perené por medio |
Sur |
Distrito de Coviriali, desde la desembocadura del río Coviriali y con el Distrito de Mazamari a través del ---- ---- entre los ríos Satipo, Mazamari y su prolongación hasta el ---- |
Oeste |
Provincia de Tarma y distrito de Pampa Hermosa hasta el puente de Huanacaure sobre el río Satipo |
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Artículo 4o. |
El Distrito de Río Negro queda conformado por los siguientes centros poblados : |
Río Negro, que será la capital,
Capiri,
Cheni,
Ipoki |
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Sus límites serán los siguientes : |
Norte |
Provincia de Tarma, ríos Perené e Ipoki de por medio |
Este |
Distrito de Río Tambo, río Perené de por medio |
Sur |
Distrito de Satipo, entre la nasciente del río Timarini con las nascientes de los ríos Alberta, Marankiari, ----, ----, ----, hasta el río Perené |
Oeste |
Provincia de Tarma, desde la desembocadura del Ipoki hasta la ---- de 1,000 km2 y el Distrito de Satipo |
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Artículo 5o. |
El Distrito de Coviriali queda conformado por los siguientes centros poblados : |
Coviriali, que será la capital,
Bellavista,
San Pedro |
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Sus límites serán los siguientes : |
Norte |
Distrito de Satipo |
Este |
Distrito de Mazamari |
Sur |
Parte del río Flavia hasta sus orígines |
Oeste |
Distrito de Pampa Hermosa y Llaylla, extendiéndose hasta la bifurcación de la Carretera troncal en el puente de Huanacaure |
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Artículo 6o. |
El Distrito de Mazamari queda conformado por los siguientes centros poblados: |
Mazamari, que será la capital,
Todos los Santos |
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Sus límites serán los siguientes : |
Norte |
Distrito de Satipo |
Este |
Distrito de Río Tambo hasta el río Ene, siguiendo el curso del río ---- |
Sur |
Distrito de Pangoa, hasta la confluencia de los ríos Mazamari, Pangoa y Coviriali |
Oeste |
(no detallado en la Ley) |
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Artículo 7o. |
El Distrito de Pangoa queda conformado por los siguientes centros poblados: |
San Martín de Pangoa, que será la capital,
----
Ene
Cabantia
Anapati
San Ramón de Pangoa
----
Kiatary |
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Sus límites serán los siguientes : |
Norte |
Distrito de Mazamari |
Este |
Distrito de Río Tambo, río Ene de por medio |
Sur |
Provincia de Huanta del Departamento de Ayacucho y la Provincia de Tayacaja del Departamento de Huancavelica |
Oeste |
Distrito de Andamarca de la Provincia de Concepción y el Distrito de Llaylla ---- el ---- ---- entre los ríos ---- y Pangoa y con el Distrito de Santo Domingo de ---- ---- de la Provincia de Huancayo |
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Artículo 8o. |
El Distrito de Llaylla queda conformado por los siguientes centros poblados: |
Llaylla, que será la capital,
Hermosa Pampa
Teovía
Capiro |
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Sus límites serán los siguientes : |
Norte |
Distrito de Pampa Hermosa y Mazamari |
Este |
Distrito de Mazamari y Pangoa |
Sur |
Distrito de Pangoa, hasta la confluencia de los ríos Mazamari, Pangoa y Coviriali |
Oeste |
Distrito de Andamarca de la Provincia de Concepción |
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Artículo 9o. |
El Distrito de Pampa Hermosa queda conformado por los siguientes centros poblados: |
Mariposa, que será la capital,
Carrisul
Santa Ana
Santo Espiritu
Apaya
Calabaza
Pampa Hermosa
Santa Bibiana
San Dionisio
San Francisco de ----
Santa Rosita
Santa María |
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Sus límites serán los siguientes :Sus límites serán los siguientes : |
Norte |
Distrito de Río Negro y Satipo y Tarma del Departamento de Junín |
Este |
Ríos Aeya y Santa Bibiana |
Sur |
Distrito de Llaylla |
Oeste |
Con las líneas de demarcación entre la Provincia de Jauja y Tarma, río Ipoki de por medio |
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Artículo 10o. |
Los límites de la Provincia de Satipo serán los siguientes : |
Norte |
Provincia de Coronel Portillo, del Departamento de Loreto (ahora Ucayali); Oxapampa del Departamento de Pasco y Tarma del Departamento de Junín |
Este |
Provincia de Convención del Departamento del Cuzco |
Sur |
Provincia de Convención del Departamento del Cuzco, con la de Huanta del Departamento de Ayacucho, con la de ---- del Departamento de Huancavelica y con el Distrito de Andamarca de la Provincia de Concepción del Departamento de Junín |
Oeste |
Distrito de Monobamba de la Provincia de Jauja, con el Distrito de Santo Domingo de Acobamba ---- la Provincia de Huancayo y la Provincia de Tarma, río Ipoki de por medio |
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Comuníquese al Poder Ejecutivo para su promulgación
Casa del Congreso en Lima a los tres días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco
Ramiro Prialé |
Presidente del Senado |
Víctor Freundt Rosell |
Presidente de la Cámara de Diputados |
Teodoro Balarezo Lizarzuburo |
Senador Secretario |
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Al señor Presidente Constitucional de la República
Por cuanto : Mando se publique y se cumplaDado en la Casa de Gobierno en Lima a los veintiseis días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco
Fernando Belaúnde Terry
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TRANSCRITO DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA BIBLIOTECA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO POR "hp" EXCLUSIVAMENTE PARA S@TIPO.COM |
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